Cristina Kirchner había sido procesada por encubrimiento de los autores del atentado a la AMIA.
El día jueves, Cristina Kirchner fue sobreseída por la Justicia en la causa del Pacto con Irán. En la resolución, el Tribunal Oral Federal 8 también sobreseyó a otros imputados en el expediente que comenzó con la denuncia del fiscal Alberto Nisman.
Fueron los jueces María Gabriela López Iñiguez, Daniel Obligado y José Michilini quienes firmaron en un extenso fallo que Cristina Kirchner sería sobreseída en la causa por el Pacto con Irán. Sin embargo, junto con la vicepresidenta, también se los absolvió a Carlos Zannini, Luis D’Elía, Oscar Parrilli, Andrés Larroque, Juan Martín y otros cinco.
La Justicia determinó que no hubo delito, de manera que ni Cristina Kirchner ni los funcionarios anteriormente mencionados debieron someterse al juicio oral. El fallo fue unánime, y los jueces establecieron que “el Memorándum de entendimiento con Irán, más allá de que se lo considere un acierto o desacierto político, no constituyó un delito”.
Por otra parte y con respecto a los motivos del sobreseimiento de Cristina Kirchner, los magistrados señalaron que el pacto “no logró cumplir sus requisitos de validez antes de convertirse en tratado internacional vinculante para las partes, por lo que no ha existido acto jurídico como tal desde el punto de vista del derecho internacional”. Es de este modo que no se considera que haya un elemento directo que de manera contundente los lleve a considerar que tal temperamento se excedió de una decisión política para convertirse en un acto de encubrimiento.
A la vez y con respecto al delito de traición a la patria, entendieron que “desde que el Memorándum entre (ambos países) no entró en vigencia y desde que nunca existió entre (ellos) un estado de guerra, es posible deducir que ninguna de las conductas aquí enrostradas son susceptibles de encuadrarse en (esta) figura”.
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